Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Competencia del juez de primera instancia
- No asumir trámite por cuanto no se cumplen los presupuestos para que de manera excepcional la Corte asuma la competencia
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Incidente de desacato de la Sentencia T-024/25.
El argumento del actor para solicitar a la Corporación que declarara en abierto desacato a las entidades accionadas fue no haber recibido respuesta alguna respecto al cumplimiento del precitado fallo.
Al analizar el caso concluyó la Sala que el juez de primera instancia era el llamado a tramitar el incidente propuesto, toda vez que no se enmarcó dentro de las causales excepcionales para activar la competencia de la Corte Constitucional.
Ello, en la medida en que el peticionario no demostró haber presentado la solicitud ante la autoridad judicial y, en consecuencia, ésta no ejerció su competencia.
Además, porque las entidades a las cuales se dirigieron las órdenes no son una Alta Corporación, ni se trata de un estado de cosas inconstitucional y no se constató la necesidad imperiosa de una intervención de la Corte porque el juez de primera instancia mantiene la competencia conferida por el Decreto 2591 de 1991 y puede adoptar las medidas que se requieran con el propósito de asegurar el cumplimiento de las disposiciones dadas en la referida providencia.
Con base en lo anterior se resolvió NO ASUMIR, por falta de competencia, el conocimiento del incidente de desacato propuesto.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. NO ASUMIR por falta de competencia el conocimiento del incidente de desacato de la Sentencia T-024 de 2025 presentado por Gabriel.
- SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General de la Corte Constitucional, REMITIR el incidente de desacato de la Sentencia T-024 de 2025 presentado por Gabriel al Juzgado Promiscuo Municipal de La Macarena para que asuma su conocimiento de conformidad con lo expuesto en la parte considerativa de esta providencia.
- TERCERO. Por intermedio de la Secretaría General de la Corte Constitucional, INFORMAR de esta actuación al peticionario y al Juzgado Promiscuo Municipal de La Macarena.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.